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El Gobierno aprueba ayudas para autónomos y trabajadores afectados por los incendios

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con medidas extraordinarias para proteger a los trabajadores y las empresas afectados por los incendios forestales de este verano. Entre las principales novedades, los autónomos podrán solicitar la prestación por cese de actividad sin necesidad de acreditar inicialmente la existencia de fuerza mayor.

La medida está dirigida a los municipios afectados por incendios que hayan obligado a adoptar actuaciones de protección civil, como evacuaciones, restricciones de acceso o confinamientos, y permanecerá vigente hasta que finalice la campaña anual de alto riesgo de incendios de 2026.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la prestación podrá solicitarse aunque no se aporte, en un primer momento, la documentación que justifique la imposibilidad de desarrollar la actividad. No obstante, el organismo competente podrá requerir esa información con posterioridad.

Además, el periodo durante el que se perciba esta ayuda no consumirá el tiempo máximo de prestación previsto con carácter general y se considerará cumplido el requisito de haber cotizado durante doce meses en los veinticuatro anteriores al cese de actividad. La prestación podrá extenderse hasta un máximo de cuatro meses.

Por su parte, las empresas de los municipios afectados que tramiten un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por las consecuencias de los incendios estarán exentas del 100 % de las cuotas empresariales a la Seguridad Social entre los meses de agosto y noviembre de 2026 para los trabajadores afectados por la suspensión o reducción de jornada.

El decreto también incorpora una prestación extraordinaria, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para los trabajadores por cuenta ajena que no puedan acudir a su puesto de trabajo como consecuencia directa de los incendios. Podrán beneficiarse quienes se vean afectados por evacuaciones o restricciones de acceso, necesiten realizar tareas de limpieza y recuperación de sus viviendas o deban atender responsabilidades de cuidado derivadas de la emergencia.

Esta ayuda equivaldrá al 70 % de la base reguladora, podrá percibirse durante un máximo de cuatro meses y no exigirá un periodo mínimo de cotización.

Asimismo, el Gobierno ha reforzado la protección de los derechos laborales de las personas afectadas y ha ampliado hasta cinco días hábiles el permiso retribuido por fallecimiento cuando la muerte esté relacionada con los incendios forestales. Las medidas tendrán efectos desde el 23 de julio y serán aplicables hasta el final de la campaña anual de alto riesgo de incendios.

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